Hoy en día con todos los cambios globales, los problemas económicos, políticos y la tecnología que ha formado parte de nuestra vida cotidiana, dejamos de darle importancia a nuestros temas personales, como el saber que sucede cuando terminaste de pagar tu Crédito Hipotecario o en Infonavit etc… Desconocemos el proceso final y no tenemos la costumbre de preguntar, tal vez porque ya pasaron más de 15 años y terminaste tus pagos.
Este tema hipotecario es uno de los problemas que más encontramos en el Derecho Notarial con los clientes, la intención de abordar el tema es hacer conciencia en las personas y conozcan el proceso completo de una Hipoteca.
Antes de entrar un poco en detalle, es necesario entender que una hipoteca es un contrato mediante el cual una persona llamada “deudor” otorga a otra persona llamada “acreedor hipotecario” un bien inmueble como garantía de pago para el cumplimiento de una obligación. Y sólo en el caso de no cumplir el “deudor” con su obligación con el “acreedor hipotecario”, el bien constituido en la hipoteca servirá para cubrir el pago de la obligación en favor del “acreedor hipotecario”. Es necesario precisar dos cosas para entender lo básico referente a la hipoteca: primero, con la firma de una hipoteca se está creando un “gravamen” que quedará inscrito en el “Registro Público de la Propiedad y el Comercio”, ya que tal hipoteca deberá hacerse en escritura pública ante notario e inscribirse en la institución antes mencionada, todo esto para cumplir con los requisitos y formalidades que establece la ley en nuestro país; y segundo, que aun cuando el deudor constituya una hipoteca, no entregará el bien, pudiendo conservarlo y utilizarlo y, sólo en el caso de que el deudor no cumpla con su obligación podrá el acreedor hipotecario hacerse de ese bien inmueble.
Una vez que terminaron de pagar sus hipotecas con sus instituciones financieras o de crédito (instituciones bancarias, IMSSS, INFONAVIT, entre otros), piensan y tienen la idea que con eso es más que suficiente para quitarte de encima la hipoteca. Y sí, tal vez sea cierto que ya terminaste de pagar y no deberás de pagar más mensualmente por tu crédito solicitado anteriormente, pero NO debes olvidar que una vez terminado de pagar tu hipoteca deberás hacer ante notario y en escritura pública, tu cancelación de hipoteca que otorgaste en un inicio. En caso de haber terminado de pagar y no haber hecho tu cancelación de hipoteca, para efectos y en el sistema de la institución que te dio el crédito ya no debes ningún pago, mas sin embargo ante “Registro Público de la Propiedad y del Comercio” tu propiedad tiene aún un gravamen que necesita cancelarse y solo se procederá a su cancelación si el propietario se preocupa por hacerlo.
Para terminar, entre algunos beneficios que tendrás al hacer tu cancelación de hipoteca son:
- No hay mejor sensación que saber que tienes todos tus documentos en regla y más si se trata de una cuestión de tus propiedades.
- Te permitirá no tener problemas al querer vender, donar, arrendar o cualquier otra operación que desees hacer con tu propiedad, porque con la formalización de tu cancelación de hipoteca estarás eliminado el gravamen al inscribirse en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio.
- Por supuesto que por hacer una cancelación se tiene que pagar impuestos, pero es necesario recordar que anualmente el salario mínimo sube y por lo tanto también los impuestos, y por si pensabas dejar rezagado este trámite, es necesario decirte que lo que podrías pagar hoy en algunos años te podrá salir en un precio más alto del que te saldría hoy en día.
- Jurídicamente, estarás mejor protegido ante cualquier situación o problema que se pudiera suscitar en un futuro.
Si deseas más información sobre el trámite para concluir tu hipotéca y algún otro servicio, no dudes en contactarnos a la Notaria 97 al tel (998) 217 1962 o visita nuestras instalaciones en Avenida Chichén Itzá, Mza 11 Lt 7 D 1 PB en la Supermanzana 27.
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